
Este lunes 28 de septiembre vence el período excepcional de regularización habilitado para las empresas que nunca han estado afiliadas al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), mediante el Decreto Legislativo 40-2026.
La medida establece un plazo de seis meses para que las empresas puedan incorporarse al RAP sin pagar aportaciones correspondientes a períodos anteriores, multas, intereses, recargos ni sanciones derivados de la falta de afiliación previa.

De acuerdo con información proporcionada por el RAP, el beneficio aplica exclusivamente a empresas que nunca han estado inscritas en la institución. Las compañías que ya estuvieron afiliadas y actualmente mantienen obligaciones pendientes no están contempladas dentro de esta regularización excepcional.
Más de 1,600 empresas se han regularizado
El gerente del RAP, Marco Padilla, informó que alrededor de 1,600 nuevas empresas habían aprovechado el proceso de regularización hasta mediados de septiembre.
La cifra representa un incremento significativo frente a las 151 empresas que se habían regularizado durante el primer trimestre de 2026.
Padilla explicó que, sin este beneficio, algunas empresas con varios años de operación podrían enfrentar obligaciones económicas considerables por períodos anteriores. Como ejemplo, mencionó el caso hipotético de una empresa con 12 años de funcionamiento y 18 empleados, cuya deuda podría rondar los 2.5 millones de lempiras.
Beneficios para los trabajadores
El RAP señala que la afiliación también permite que los trabajadores tengan acceso a mecanismos de financiamiento para vivienda y préstamos personales, además de fortalecer la protección relacionada con la reserva laboral.
El decreto establece que, una vez concluido el período excepcional, los empleadores que no se hayan acogido al proceso deberán cumplir con las obligaciones correspondientes conforme a la legislación vigente.
El RAP mantiene habilitada información sobre el proceso de regularización a través de sus canales institucionales.