
El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, aseguró que las nuevas herramientas legales aprobadas para combatir a estructuras criminales declaradas terroristas no serán utilizadas para perseguir políticamente a personas comunes, dirigentes de oposición o ciudadanos ajenos a esos grupos.
Zambrano afirmó que esta precisión quedará establecida en el acta correspondiente, con el propósito de despejar cualquier duda sobre el alcance de las medidas. Sus declaraciones se producen luego de que el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad declarara como terroristas a tres grupos criminales, decisión que, según información oficial, busca fortalecer las capacidades de los cuerpos de seguridad frente a estructuras vinculadas con actividades delictivas.

“Cualquiera puede decir que pueden utilizar esta herramienta para perseguir políticamente, lo decíamos ayer y se puede quedar claro hoy nuevamente en el acta”, manifestó Zambrano.
El titular del Legislativo sostuvo que la aplicación de estas disposiciones estará dirigida exclusivamente a quienes integren los grupos criminales que hayan sido declarados terroristas. “Queda descartado que se va a actuar de esa forma y queda acreditado que únicamente va para las personas que integran estos grupos criminales declarados terroristas”, señaló.
Las medidas forman parte de una estrategia que contempla reformas legales y mecanismos especializados para enfrentar a estas organizaciones. Entre las disposiciones anunciadas se encuentran un régimen especial de reclusión y comunicación para integrantes de grupos declarados terroristas, además de su traslado a centros de máxima seguridad bajo determinadas condiciones.
En otro punto, Zambrano se refirió al artículo 61 y a las atribuciones del pleno del Congreso Nacional para realizar modificaciones durante el proceso legislativo.
El presidente del Legislativo defendió que el Congreso es una institución que trabaja de puertas abiertas y aseguró que se han realizado reformas a la Ley Orgánica para mejorar la actividad parlamentaria.
“Hemos trabajado en base a resoluciones de pleno que le permite la ley y lo que podamos adecuar a la ley en las próximas reformas para dejar más que claro la atribución que tiene el pleno para hacer reconsideraciones, enmiendas, correcciones, agregados, sugerencias en una ley”, explicó.
Zambrano remarcó que la máxima autoridad dentro del Congreso Nacional es el pleno y no la junta directiva ni una comisión de dictamen. Según explicó, cualquier modificación, enmienda o corrección debe contar con la autorización del pleno.
“La máxima autoridad en el pleno, en el Congreso es el pleno. Y quien autoriza cualquier modificación, cualquier cambio, cualquier enmienda, cualquier corrección, es el pleno”, afirmó.
Señaló que, si es necesario precisar estas facultades en la Ley Orgánica del Congreso Nacional, se impulsarán las reformas correspondientes. Mientras tanto, sostuvo que las actuaciones realizadas hasta ahora se sustentan en la legislación vigente y en las resoluciones aprobadas por el pleno.
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