
Para que se dé inicio formal a un juicio político, se requiere una mayoría calificada de 86 votos a favor en el Congreso Nacional. Hasta la fecha, no se ha presentado una denuncia formal; sin embargo, ya existen los borradores y precedentes del caso. Estos se presentarán ante el pleno únicamente si se garantiza que se cuenta con el respaldo de los 86 votos necesarios para asegurar el éxito de la moción.
El propósito de la medida
El diputado del Partido Nacional, Antonio Callejas, declaró que el objetivo de esta acción no es la venganza ni la «persecución política», como sugieren algunos sectores. Según Callejas, el fin primordial es sentar un precedente histórico tras el presunto boicot que se intentó realizar en las elecciones pasadas, derivado de las acciones de un consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE).
El debido proceso
El procedimiento legal se rige por las siguientes etapas:
Moción y Admisión: Un diputado presenta la moción ante el pleno, la cual debe ser admitida con el voto de al menos 86 parlamentarios.
Comisión Especial: Una vez admitida, el presidente del Congreso nombra una comisión especial de 9 miembros para investigar el caso.
Audiencia de Descargo: La comisión cita a los funcionarios imputados para que ejerzan su derecho a la defensa en una audiencia pública.
Comparecencia ante el Pleno: Los señalados deberán presentarse ante todos los diputados por un máximo de 4 horas para responder interrogatorios.
Votación Final: La comisión emite un dictamen con su recomendación. Si el pleno lo aprueba con 86 votos, los funcionarios son separados de sus cargos de forma inmediata.