
El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha decidido, por mayoría, sobreseer el recurso de amparo presentado contra el Estado de Excepción que imperó en Honduras por más de tres años bajo el mandato de Xiomara Castro.
Sin embargo, la resolución no fue un simple cierre de expediente. La mayoría de los altos jueces optó por un «voto concurrente», una figura legal que les permite cerrar el caso —debido a que la medida ya no está vigente— pero dejando constancia escrita de las graves violaciones a los derechos humanos y las vulneraciones constitucionales que se habrían cometido durante ese periodo.
Tres posturas en el pleno
La discusión del amparo, basado en el artículo 46 de la Ley de Justicia Constitucional, dividió al pleno en tres posiciones:
- Sobreseimiento «liso y llano» (6 votos): Proponían cerrar el caso sin dar mayores explicaciones ni justificaciones adicionales.
- Sobreseimiento concurrente (7 votos): Esta postura mayoritaria (dentro del grupo de 13 que votó por cerrar el recurso) busca elaborar un marco explicativo. Los magistrados argumentan que no se puede simplemente «pasar la página», ya que quedarían en la impunidad actos violatorios ejecutados bajo la restricción de garantías.
- Votos particulares (2 votos): Los magistrados Marvin Espinal y Walter Miranda se apartaron de la mayoría, sugiriendo que, al haber cesado los efectos de la normativa, el amparo ya no tenía razón de ser, aunque no profundizaron en el fondo de su petición.
Un cierre con advertencia
Con esta decisión, la CSJ evita fallar sobre el fondo del recurso (ya que el Estado de Excepción ya expiró), pero envía un mensaje contundente sobre la forma en que se restringieron las garantías ciudadanas, especialmente en tiempos electorales. Los votos concurrentes servirán como un antecedente histórico y jurídico sobre el uso de decretos de emergencia en el país.