MP pide aplicar juicio político a Luis Redondo por nombramiento interino de autoridades

Tegucigalpa, Honduras.

El Ministerio Público de Honduras (MP), solicitó mediante un comunicado valorar la aplicación de un juicio político contra el ilegal presidente del Congreso Nacional (CN), Luis Redondo, por haber confirmado en un foro televisivo que la Comisión Permanente del Congreso nombraría al fiscal general y adjunto de forma interina.

El titular del Legislativo se basa en “falta absoluta” en el mando de la Fiscalía, lo cual fue rechazada por dicha institución y consideran que Redondo tiene una “intención” de desconocer la Constitución y la Ley Orgánica del MP.

Comunicado íntegro
El Fiscal General Adjunto de la República por Ministerio de la Ley, ante las
declaraciones vertidas por el presidente del Congreso Nacional en el programa
La Entrevista de canal 11 el día de hoy, al pueblo hondureño y a la comunidad
nacional e internacional comunica lo siguiente:


1.-Siendo que se alega una supuesta “falta absoluta” de autoridad en nuestra
institución, comunicada por el Presidente del Congreso Nacional de la República
en dicho foro noticioso; y que, de esta afirmación falaz, se devela una intención
de desconocer el imperio de la Constitución, la Ley, la fuerza vinculante y efectos
generales de los fallos de la justicia Constitucional, comunicamos que con tal
proceder se atenta contra la Constitución y la Ley, siendo pertinente considerar
lo que manda la Ley de Juicio Político en su artículos 3, 5, 6, 10 y demás
aplicables de dicho texto.


2.- El Ministerio Publico, tal como lo expuso en previos comunicados, al tenor
de lo establecido en el artículo 184 de la Constitución de la República y 74 de la
Ley sobre Justicia Constitucional, la competencia originaria y exclusiva
para declarar la inconstitucionalidad de una ley, le corresponde como
intérprete último y definitivo a la Corte Suprema de Justicia, a través de la
Sala de lo Constitucional.


3.-Conforme a la sentencia del 21 de febrero de 2017, recaída en el recurso de
inconstitucionalidad No. SCO-0065.-2016 , misma que tiene efectos generales y
vinculante, para los Poderes del Estado, entidades públicas, privadas y todos los
ciudadanos, el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo que ordena
mantenerse en funciones a los altos funcionarios del Estado cuyo sustitutito no
haya sido nombrado al vencerse el período para el cual han sido electos por el
Congreso Nacional, es compatible con la Constitución de la República y por lo
tanto de general observancia.


4.-Que desde el día 1 de septiembre de 2023, hasta la fecha, la Fiscalía General
Adjunta se ha mantenido desempeñando el mandato legal precitado, sin dejar
acéfala la titularidad institucional. Adoptando las decisiones y medidas
indispensables para garantizar el cumplimiento de la Constitución y la Ley,
observando en sus actuaciones la Constitución de la República, tratados
internacionales, leyes y demás disposiciones que conforman el ordenamiento
jurídico hondureño, así como también los fallos emanados de la Honorable
Corte Suprema de Justicia.


5.-Reiteramos una vez más, nuestro llamado respetuoso al Pleno del Honorable
Congreso Nacional de la República para qué de forma diligente, capaz y
competente, se proceda a la búsqueda de los consensos que permitan, con
arreglo a la Constitución, el nombramiento de los nuevos Fiscal General y Fiscal General Adjunto de la República del Ministerio Público, para lo cual de acuerdo
al Artículo Constitucional 233 se requiere de por lo menos 2/3 partes de sus
integrantes o mayoría calificada (86 votos), para la elección de las autoridades
del Ministerio Publico.